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6 may2 Min. de lectura
La UAB impone una nueva campaña de racismo lingüístico contra el español
La universidad de Bellaterra insta a la delación contra los profesores que usan el castellano en una campaña de persecución orquestada por la Generalidad.
ByB
6-5-2024
La Universidad Autónoma de Barcelona continúa con su política de racismo lingüístico contra el español en las aulas de la UAB. En esta ocasión se trata de una nueva campaña de persecución contra el castellano organizada por la Generalidad, por tanto perpetrada con dinero público, y que insta a la delación contra los profesores que usan el español en sus clases.
En concreto, la propaganda hispanófoba consta de carteles y folletos distribuidos por toda la universidad y expuestos en los espacios de comunicación institucional de la UAB, explicitando así la implicación del rectorado en este nuevo acto de persecución lingüística. Los impresos llevan el lema “Si et canvien la llengua, no et tallis”, y da instrucciones para denunciar a los profesores hispanohablantes, ya que la lengua que en ningún caso se debe dejar de usar es el catalán.
Buzones de delación y derechos lingüísticos solo para el catalán
Precisamente esta discriminación contra el español se justifica en la propaganda por unos “derechos lingüísticos” que solo tienen, según la UAB, los alumnos catalanohablantes, mientras se niegan estos mismos derechos a los estudiantes y profesores que desean estudiar también en castellano. Además, la campaña incluye buzones de delación para denunciar de forma anónima los profesores que no cumplan con la imposición idiomática.
Para amparar su racismo lingüístico, la universidad y la Generalidad aluden a que el catalán es “la lengua propia de las universidades catalanas”. Con esta argucia se pretende incumplir el artículo 3 de la Constitución Española que establece que “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”.
Al incumplimiento inconstitucional se le añade el agravante de una discriminación racista, en este caso por motivos lingüísticos, que puede constituir un caso de delito de odio, establecido en el artículo 510 del Código Penal, con penas posibles de prisión de uno a cuatro años y multa de 6 a 12 meses.
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